Artículo 57. Para la obtención del grado académico los estudiantes podrán optar las opciones siguientes:
- Curso de profundización temática
- Acreditar el 50% del plan de estudios de doctorado
- Tesis de grado individual con exposición oral
- Caso práctico
- Por promedio que establezca la Dirección de asuntos académicos y control escolar
- Las que se establezcan en el plan de estudios correspondiente.
Las opciones para la obtención de grado académico estarán sujetas a los criterios establecidos en el plan de estudios y/o lineamientos de operación del programa educativo de posgrado correspondiente.
Artículo 58. El Instituto otorgará el grado académico al estudiante que cumpla con los siguientes requisitos:
- Haber cubierto el 100% de créditos previstos en el plan de estudios vigente al momento de la solicitud correspondiente;
- Cumplir con los requisitos de obtención de grado, establecidos en el plan de estudios y en los lineamientos de operación del programa educativo, y
- Haber presentado y aprobado el examen de grado del programa educativo correspondiente si fuese el caso conforme al Artículo 46.
- Haber cubierto el 100 % de las cuotas mensuales y/o reinscripción establecidas por el Instituto.
Artículo 59. El Instituto, a solicitud del estudiante mexicano, podrá realizar los trámites correspondientes para el registro de grado académico y expedición de la cédula profesional ante la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública.
En este caso, el estudiante deberá:
- Efectuar los pagos por concepto de derechos y cuotas aplicables, y
- Entregar los documentos originales que le sean solicitados.